Nos encargaremos que su empresa cumpla con sus obligaciones contables y fiscales.
Gestionamos su contabilidad de forma completa de acuerdo con el plan general contable, y de conformidad con las facturas que se nos presenten:
- Llevaremos sus libros: el Libro Diario y el de cuentas anuales.
- Legalizaremos sus cuentas: La legalización no es otra cosa que depositar los libros contables obligatorios en el Registro Mercantil.
Presentaremos todos los impuestos de su negocio a tiempo y sin errores, tanto los trimestrales como los resúmenes anuales:
Modelos trimestrales:
El plazo de presentación de los modelos trimestrales se produce en los 20 primeros días del mes siguiente al trimestre natural del ejercicio, es decir: entre los días 1 y 20 de abril 1T; entre los días 1 y 20 de julio 2T; entre los días 1 y 20 de octubre 3T; y entre los días 1 y 20 de enero 4T.
Modelo 111
El modelo 111 consiste en el abono de las retenciones realizadas a empresarios, profesionales o trabajadores. Su presentación es obligatoria para todas aquellas empresas que hayan retenido cantidades de facturas a profesionales y nóminas de empleados.
Modelo 115
El modelo 115 es una autoliquidación mediante la cual se ingresan las retenciones correspondientes a alquileres. Todas las empresas que tengan alquilado un local u oficina para el desarrollo de su negocio están obligadas a presentarlo.
Modelo 202
Consiste en la realización de pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades.
Modelo 303
El modelo 303 consiste en la autoliquidación del IVA de forma trimestral y su presentación es obligatoria para todas las empresas. Se trata de informar del IVA que se ha cobrado a los clientes y se ha pagado a los proveedores
Modelos anuales:
Modelo 190
Se trata del resumen anual del modelo 111 que informa de las retenciones realizadas a empresarios, profesionales o trabajadores.
Modelo 180
Es el resumen anual del modelo 115, es decir, el que se refiere a las retenciones efectuadas por alquileres.
Modelo 200
Modelo para presentar el Impuesto sobre Sociedades, impuesto que grava anualmente los beneficios obtenidos por cualquier persona jurídica.
Modelo 347
El modelo 347 se denomina declaración de operaciones con terceras personas. Y se utiliza para informar anualmente de las operaciones efectuadas con un cliente o proveedor por una cantidad superior a 3.005,06 euros.
Modelo 349
Tendrás que presentar este modelo si tu empresa lleva a cabo operaciones intracomunitarias, es decir, servicios, adquisiciones o entregas fuera de España, pero dentro de los límites de la Unión Europea.
Modelo 390
Se trata del resumen anual del modelo 303 que informa del IVA que se ha cobrado a los clientes y se ha pagado a los proveedores