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Finalizado el año natural, la Administración Tributaria facilitará a la Tesorería información sobre los rendimientos anuales reales percibidos. Si la cuota elegida durante el año resultase inferior a la asociada a los rendimientos comunicados por la Administración tributaria correspondiente, se notificará al trabajador el importe de la diferencia. Este importe deberá ser abonado antes del último día del mes siguiente a aquel en que se haya recibido la notificación con el resultado de la regularización.
Ten en cuenta que, si se requiere un ingreso por tu parte, realiza el pago antes del plazo indicado en la resolución, para evitar un recargo del 20%.
Si, por el contrario, la cotización fuera superior a la correspondiente a la base máxima del tramo en el que estén comprendidos los rendimientos, la Tesorería procederá a reintegrar la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquél en el que la correspondiente Administración Tributaria haya comunicado los rendimientos computables.
No obstante, si has cotizado por una base superior a la que te correspondería por tus rendimientos desde diciembre de 2022, puedes ejercer la opción de mantenerla, en este caso, realiza la gestión antes del último día del mes siguiente a la notificación de la Tesorería.





